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Teoría General Del Delito

Published on Nov 19, 2015

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PRESENTATION OUTLINE

TEORIA GENERAL DEL DELITO

CECILIA ISABEL AYALA DAVALOS, PABLO CHAVEZ JASSO Y LORENZO TORRES HERNANDEZ.

TEORIA CAUSALISMO NATURALISTA

  • Inicia a finales del siglo XIX y comienzos del siglo XX como consecuencia del enfoque científico naturalista de la metodología jurídico penal
  • Las características de esta teoría que es sencilla y de una exposición clara
  • Su precursor es Von Liszt, Beling, Soler
  • Esta teoría no abarca la omisión

TEORIA NEO-CLASICO

  • Antecede a 1907-1940
  • Modelo neokantiano
  • Precursores Mezger, Mayer, hegler, saucer, Katy binding, reinhart frank, james goldschimidt, freudenthal, Von weber.
  • Utilizaron la teoría subjetivista y el relativos valorativo, sosteniendo que el conocimiento científico propio de las ciencias de la naturaleza o del espíritu se encuentra condicionado por categorías a priori de la mente del sujeto, de modo que los valores no proviene del objeto si no del método.

TEORIA FINALISTA

  • Precursores Welzel Kaufman, Cerezo Mir
  • Desde 1930-1970
  • El dolo está en la acción
  • Se basa filosóficamente en teorías ontologico-fenómeno lógicas, que intentaban poner de relieve, determinadas leyes estructurales del ser humano y convertirlas en el fundamento de las ciencias que se ocupan del hombre
  • Objeto que la pena teng un fin y una función

TEORIA FUNCIONALISTA

  • De 1970
  • Precursor Esteban righi
  • Características: impuso la conocida teoría estricta de la culpabilidad, según la cual un error sobre los presupuestos, facticos de una causa de justificación debe ser considerado, error de prohibición, dejando inalterable el dolo, por lo que sólo excluye la culpabilidad, cuando es invensible.
  • Se les conoce a los funcionalistas como normativistas por qué atienden a la norma penal como máxima categoría científica dentro del derecho penal